top of page
Marketing Solucionic México

La Ley Federal del Trabajo establece que las personas con un trabajo subordinado tienen derecho a Pr


Las prestaciones son aquellos beneficios que los trabajadores tienen al ingresar a una nueva oportunidad laboral.

Las prestaciones laborales suelen variar entre cada empresa, no obstante, existen algunas que se conoce como “de ley”, es decir, están plasmadas en la Ley Federal del Trabajo y es obligatorio que las empresas las den a los empleados que cuentan con un contrato por tiempo indefinido, estas son:

Aguinaldo

Corresponde al pago de al menos 15 días de trabajo.

Seguridad Social

Los trabajadores se incorporan al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tienen derecho a atención médica gratuita. Además, el patrón está obligado a incorporar al empleado al Fondo Nacional de Vivienda y al Sistema de Ahorro para el Retiro.

Vacaciones

Cuando cumplas un año de servicio, tendrás derecho a 6 días de vacaciones por lo menos. A partir del segundo año de servicios y por cada año subsecuente, aumentará en 2 días las vacaciones, hasta llegar a 12. A partir del quinto año de servicios, el periodo vacacional aumentará en 2 días por cada 5 años de servicios.

Prima de Vacaciones

Es una prestación que corresponde al menos al 25% del pago del total de los días que, por ley tiene derecho de vacaciones el empleado.

Prima Dominical

Cuando trabajes en domingo, tienes derecho a recibir un 25% adicional a tu sueldo base, por ese día de trabajo.

Día de Descanso

Tienes derecho a disfrutar de un día de descanso por cada 6 días de trabajo, además de los días de descanso obligatorio que dicta la LFT.

Prima de Antigüedad

Aplica únicamente en caso de que dejes de laborar de manera definitiva, siempre y cuando sea decisión de tu patrón dar por terminada la relación laboral. O bien cuando lleves más de 15 años. En este caso el patrón te debe pagar 12 días por año trabajado.

Participación de Utilidades

Tienes derecho a recibir una parte de las ganancias del patrón.

134 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo
bottom of page