El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) hace un llamado a los patrones para que durante el próximo mes de febrero presenten a tiempo y con los datos correctos el trámite de la “Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo”, a fin de establecer la prima con la que habrán de cubrir sus cuotas en el Seguro de Riesgos de Trabajo durante el período del 1° de marzo de 2022 al último día de febrero de 2023.
EL IMSS recomienda a los patrones realizar el trámite por internet, lo cual ofrece un ahorro sustancial de recursos y tiempo al resultar innecesario imprimir documentos y evitar contratiempos por traslados innecesarios a las Subdelegaciones. Además, se destaca que la funcionalidad del sistema de recepción es muy amigable, reduciendo en su totalidad errores durante la captura de datos.
El IMSS calculará la propuesta de cédula de determinación de las cuotas obrero patronales correspondientes, distinguiendo la cuota obrera de la patronal. La persona empleadora no determinará las cuotas obrero patronales y deberá retener la cuota que corresponde por su aseguramiento y enterarla; también está obligada a pagar los importes determinados de las cuotas obrero patronales.
Las reformas también señalan que el aseguramiento de las personas trabajadoras del hogar termina cuando concluya la relación laboral; incapacidades médicas expedidas por el Instituto; las personas que realicen actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad, y que la cotización deberá considerar los días de descanso y vacaciones.
Los patrones obligados a presentar este trámite son aquellos que tuvieron trabajadores durante el periodo de revisión comprendido del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2021, cuya prima determinada resulte diferente a aquella con la que venían cubriendo sus cuotas en el periodo inmediato anterior y que no hayan cambiado de actividad en dicho lapso.
Están obligados a presentarla, excepto en los siguientes casos:
Aquellos patrones que se inscribieron ante el IMSS durante el ejercicio 2022.
Si cambiaron de clase por haber modificado su actividad empresarial.
Si reanudaron actividades después de 6 meses de suspensión.
Si recontrataron trabajadores después de 6 meses de no tenerlos registrados.
Si como resultado de la fórmula, la prima determinada es igual a la del ejercicio 2022.
Aquellos patrones que se encuentran cotizando con la prima mínima (0.50000%) y que sus trabajadores no hayan sufrido accidentes o enfermedades de trabajo durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.
En el caso de tener menos de 10 trabajadores, pueden optar por cubrir las cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo con la prima media de su clase.
La Prima de Riesgo se podrá presentar, por internet (tramite en línea) o de manera presencial (en la subdelegación correspondiente), a continuación, explicaremos brevemente los pasos para presentar la prima de riesgo de trabajo:
Por internet (tramite en línea):
Previamente generar el archivo de determinación mediante el programa SUA (Archivo .DAP)
Acceder al portal IMSS desde su empresa (IDSE).
Ingresar con E. Firma o Numero Patronal de Identificación Electrónica (NPIE).
Seleccionar la opción DAPSUA.
Al aparecer tu registro patronal, anexa el archivo con determinación .DAP.
Obtén y descarga la confirmación de envío.
Presencial (en subdelegación):
Previamente generar el archivo .SRT en la aplicación disponible en la página del IMSS.
Acude a la subdelegación que corresponda a tu registro patronal.
Presenta en original y copia los siguientes documentos:
Formatos CLEM 22 y CLEM 22-A.
Tarjeta de Identificación Patronal (TIP)
Acreditación expedida por la STPS, en caso de contar con un sistema de Administración y Seguridad en el Trabajo.
Presenta en memoria USB el archivo con terminación .SRT
El archivo será procesado en la subdelegación y se entregará copia de los formatos CLEM 22 y CLEM 22-A con sello de recepción.
En el caso de no presentar la Determinación anual de la prima del Seguro de Riesgo de Trabajo, lo hagan extemporáneamente, o se consideren datos falsos o incompletos en relación con el periodo señalado, podrán ser acreedor de una multa con el importe de 20 a 210 veces la UMA, actualmente equivale a $2,074.80 a $21,785.40 (arts. 304-A, fracc. XV y 304-B, fracc. III, LSS).
El cálculo de la prima y la generación de archivos se realiza a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) y se recibe en línea mediante el “Sistema de Recepción de la Determinación Anual de la Prima DAP-SUA”, al cual puede accederse por medio del “Portal IMSS Desde su Empresa IDSE” en la página institucional http://www.imss.gob.mx/patrones/idse
El sistema estará disponible del 1° al 28 de febrero, las 24 horas del día y, como se mencionó, su uso beneficia a patrones y representantes legales, quienes sólo deben registrarse con su Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) o con su e.firma.
En caso de dudas se invita a visitar el micrositio del trámite de la Determinación en la página www.imss.gob.mx cuyo contenido incluye: videos tutoriales; guías; un sistema para la elaboración de la determinación; hipervínculos para acceder a SUA, IDSE y al aplicativo para elaborar la Determinación de la Prima; así como respuestas a preguntas frecuentes. También se puede establecer contacto con el IMSS marcando al teléfono 800 623 23 23 o al teléfono de la Subdelegación correspondiente para conocer las fechas y plataformas mediante las cuales se transmitirán sesiones de asistencia y orientación.
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